Multas y confiscaciones: lo que enfrentarían quienes ignoren advertencias de mal tiempo
La enmienda a la Ley 430-2000 sancionaría a quienes entren a cuerpos de agua arriesgando sus vidas.

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Sanciones de hasta $5,000 se podrían imponer contra todo aquel que ignore las advertencias y entren a cuerpos de agua cuando las inclemencias del tiempo signifiquen un riesgo para la vida.
Esto sería una realidad si se enmienda el Artículo 7 de la Ley 430-2000, conocida como la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico, según propuesto por el representante Víctor Parés Otero en el Proyecto de la Cámara 908 (PC908).
A través de estas enmiendas, toda persona que obvia un aviso de condiciones meteorológicas del Servicio Nacional de Meteorología (SNM) en San Juan, incurrirá en un delito menos grave, que se traducirá en una multa de entre $100 y $500 por infracción.
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A quienes utilicen embarcaciones de recreo o vehículos de navegación tras estas advertencias, las enmiendas de la Ley permitirían la confiscación inmediata de las naves.
Mientras, toda persona que “temerariamente” ignore las advertencias de las autoridades y “provoque” la activación de agencias tendría que sufragar los gastos de las operaciones de búsqueda y rescate, independientes de la multa que podría imponerse.
Estas sanciones podrían resultar en una pena de reclusión que no excederá seis meses o una multa de no más de $5,000 o ambas penas a discreción de un tribunal.
¿Qué dice el NMEAD?
Ante la posibilidad de consecuencias más austeras para evitar la pérdida de la vidas en cuerpos de agua, el comisionado del Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (NMEAD), Ángel Jiménez Colón, apostó a la orientación ante la penalización.

“Como yo digo, para mí es bien importante seguir como estamos haciendo, comunicando, para que el ciudadano cree conciencia. Estamos agrupando los esfuerzos, de información ciudadana más herramientas de forma legal, porque la prevención salva vidas”, expresó el titular a Primera Hora.
Al momento, Jiménez Colón desconoce en cuánto se incurre económicamente, a nivel estatal y municipal, cuando se activan equipos de búsqueda y rescate.
Dado que los municipios son los que deben responder antes de la integración del gobierno estatal, el comisionado utilizará el modelo de la Oficina de Manejo de Emergencias de Arecibo para conocer los parámetros de costos y, así, combinarlo con los gastos de la Guardia Costera. Esta labor se está llevando a cabo durante esta semana, dijo.
Lo que dijo el DRNA y la Policía
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), representado por el subsecretario de la agencia y comisionado del Cuerpo de Vigilantes, Nelson Cruz Santiago, por su parte, acogió con beneplácito lo propuesto durante la vista pública, aunque emitió “recomendaciones” en cuanto a la redacción del proyecto.
“Con este proyecto, yo creo que va a ser un disuasivo adicional. Yo creo que es una buena iniciativa”, opinó el exsenador Cruz Santiago ante la legisladora Elinette González Aguayo, quien presidió la vista.
Cruz Santiago sugirió que se especifique la redacción para “aclarar el procedimiento de imponer los costos y los criterios que justificarían esa determinación”, de modo que queden claramente establecidas las acciones que se enfrentan los violadores de la ley.
También, pidió “añadir un inciso que disponga que toda persona que, con conocimiento de advertencias oficiales, incurra en conducta temeraria que provoque la activación de un rescate, será responsable por los costos incurridos y podrá estar sujeta a las disposiciones penales aplicables según la legislación vigente. Esto para reforzar el efecto disuasivo de la medida y evitar que limiten la autoridad estatal”.
Además, recomendó que se especificara que la agencia tendría la facultad de confiscación de las embarcaciones y vehículos de navegación conforme a la Ley de Confiscaciones del 2011 si se usan durante emergencias.
“Para garantizar el debido proceso y la consistencia operacional, se recomienda que el estatuto disponga expresamente que se adoptará un procedimiento de notificación, custodia y transferencia, se definirán los derechos del titular y se establecerá un esquema uniforme para la intervención”, sostuvo.
Asimismo, reiteró la necesidad de incluir en el lenguaje una referencia para que se incluya la coordinación entre la DRNA, el NMEAD, la Policía de Puerto Rico y la Guardia Costanera.
Estimó, también, que se debería integrar al Cuerpo de Vigilantes al Sistema 9-1-1 por el alto volumen de llamadas que atienden los policías con relación a estos incidentes. Por ende, consideró que la inclusión de los vigilantes en esta cadena de comunicación ampliaría los efectivos que pueden responder a las emergencias.
Entretanto, el teniente Wilberto Pérez de la Torre, director de la División de Vigilancia Marítima de la Policía, igualmente apoyó que se implementen las enmiendas, aunque propuso multas más severas.
Opinó que el rango debería aumentar de $500 a $1,000 a quienes manejen embarcaciones de recreo o vehículos de navegación bajo estas condiciones.
Del mismo modo, entendió que las personas que se nieguen a desalojar las áreas de bañistas en cuerpos de agua, pese a su peligrosidad, también deberían ser multadas, independientemente de que estén utilizando una embarcación.


