Por tercera vez, la lectura de sentencia contra el contador público autorizado Lutgardo Acevedo López fue pospuesta, esta vez para el 6 de noviembre.

La sentencia contra el convicto por conspirar para sobornar al juez estatal Manuel Acevedo Hernández estaba señalada para el 7 de octubre, pero anteriormente estuvo para el 1 y 24 de septiembre. La fecha original era el 8 de diciembre de 2014.

En una vista ante la jueza presidenta del Tribunal Federal en Puerto Rico, Aida M. Delgado Colón, tanto el subjefe de fiscalía federal, Timothy Henwood, como la abogada Rachel Brill solicitaron que se dejara sin efecto la fecha de sentencia y se reseñalara para otro día.

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"Ciertamente no estoy contenta de que reseñale por tercera vez esta sentencia", advirtió Delgado Colón.

Las partes solicitaron tiempo para poder leer las transcripciones del juicio contra Acevedo Hernández, quien ya fue sentenciado a 10 años de cárcel. Además, indicaron que necesitaban revisar el informe presentencia, que fue enmendado.

La jueza procedió a señalar la lectura de sentencia para el 6 de noviembre. Les indicó a las partes que tienen hasta el 26 de octubre para presentar cualquier objeción al informe presentencia, y hasta el 30 de octubre para emitir los memorandos de sentencia.

Pero en su escueta moción, de cuatro páginas, los abogados Jaime Ruberté Santiago y Rachel Brill Cooper no mencionan que Acevedo López se declaró culpable a nivel federal de sobornar al suspendido juez del Tribunal de Aguadilla, Manuel Acevedo Hernández, para que lo exonerará por esos cargos.

Como parte de su argumentación, los abogados señalan que Acevedo López enfrentó juicio en el Tribunal de Aguadilla por los cargos de homicidio negligente, manejar un vehículo bajo los efectos del alcohol y por obstrucción a la autoridad por negarse a hacerse dos pruebas de alcohol.

El 27 de marzo de 2013 el ahora convicto Acevedo Hernández, estando en funciones como juez, lo absolvió de los tres cargos.

Afirman que posteriormente el Ministerio Público, representado por las fiscales Carmen Iris Ortiz y María Hernández Medina, presentó los cargos nuevamente el 24 de marzo de 2015 en un acto que viola la doctrina en contra de la doble exposición 

"La quinta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos establece una prohibición contra la doble exposición", sostienen los letrados.

"La carta de derechos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dispone expresamente en su sección 11: Nadie será puesto en riesgo de ser castigado dos veces por el mismo delito", agregan en el escrito del 23 de septiembre que forma parte del expediente del caso.

Acevedo Hernández, por su parte, resultó convicto de cargos de soborno y de conspiración por absolverlo el 27 de marzo de 2013 durante ese primer juicio celebrado en el Tribunal de Aguadilla. 

Actualmente, el suspendido juez extingue una pena de 10 años de prisión.

La moción tampoco reconoce que Acevedo López se allanó a la vista para encontrar causa para su arresto y renunció a la vista preliminar.

En respuesta al escrito de la defensa, el juez Alberto Pérez Ocasio, del Tribunal de San Juan, concedió tiempo al Ministerio Público para expresarse por escrito.

También señaló para mañana, miércoles, fecha que se había separado para el inicio del juicio, a una vista argumentativa para discutir la moción de desestimación de cargos.

Según las fiscales, Acevedo López manejaba su vehículo BMW ebrio y a exceso de velocidad por la carretera PR-110, en Moca, cuando invadió el carril contrario por donde transitaba Babilonia en su Toyota Corolla. El guardia de seguridad murió en el acto.