La Federación de Baloncesto de Puerto Rico (FBPUR) informó el sábado que la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) publicó una guía aclaratoria relacionada con los criterios de elegibilidad de jugadores para representar a las selecciones nacionales en competencias internacionales.

La guía se emite en el marco del Reglamento Interno de FIBA (Book 3) y aplica, entre otros casos, a las federaciones nacionales reconocidas como territorios dependientes, categoría en la cual se encuentra Puerto Rico conforme a la normativa vigente de FIBA.

Según establece el reglamento, un territorio dependiente es aquel que no constituye un estado soberano independiente, cuyos ciudadanos poseen el pasaporte del territorio principal, y que ha sido admitido por FIBA como una federación nacional distinta. En estos casos, la elegibilidad de los jugadores se rige por disposiciones específicas.

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Para representar a un territorio dependiente en competencias oficiales de FIBA, el jugador debe poseer el pasaporte correspondiente y, adicionalmente, cumplir al menos uno de los siguientes criterios: haber nacido en el territorio dependiente, que uno de sus padres haya nacido en el territorio dependiente o demostrar vínculos significativos con el territorio, conforme a los criterios establecidos por FIBA.

La guía aclara que la evaluación de los vínculos significativos se realiza de manera integral y puede incluir, entre otros factores, el tiempo de residencia, la participación en competencias locales, la formación académica, el desarrollo deportivo, la presencia física recurrente, vínculos familiares inmediatos y otros lazos demostrables con el territorio. Ningún criterio individual es determinante por sí solo.

En el contexto de Puerto Rico, estas precisiones aplican principalmente a los casos de jugadores que son nietos de personas nacidas en Puerto Rico, y que no hayan nacido en el territorio, cuyos expedientes deberán ser evaluados individualmente por FIBA conforme a los criterios reglamentarios.

El reglamento también contempla la figura del “jugador restringido” para aquellos casos en los que, aun existiendo pasaporte, no se cumpla con alguno de los criterios aplicables. Una vez FIBA determina este estatus, la decisión es final y no está sujeta a revisión .

La FBPUR continuará trabajando en coordinación con FIBA en el sometimiento y evaluación de los casos correspondientes, conforme a la reglamentación vigente.