La secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Carmen Salgado, aprobó anoche una nueva orden de congelación de precios para artículos de primera necesidad.

“Vamos a mantener la calma”

“No se podrán alterar los términos y condiciones de venta en ninguna forma que pudiera resultar en el encarecimiento de algún producto a través de aumentos por parte de los comerciantes en sus respectivos precios. No obstante, los precios podrán ser reducidos”, indicó Salgado en la orden 2020-015.

Mientras, en sus redes sociales, Salgado advirtió que “inspectores continúan vigilantes ante los precios en el mercado. Todo establecimiento que aumente los costos de artículos de primera necesidad contrario a la Orden serán multados”.

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La orden señala en su sección 3 que las penalidades son de hasta $10,000 por infracción.

Los artículos que se consideran de primera necesidad para efectos de la orden del DACO son:

  • Tormenteras;
  • Servicios de modificación, reparación e instalación de tormenteras;
  • Tornillos, tuercas, clavos, expansiones, paneles de madera, soga, tensores y herramientas;
  • Plantas eléctricas de gasolina, diésel o de gas propano;
  • Equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de plantas eléctricas, de gasolina, diésel o de gas propano;
  • Cisternas de agua;
  • Equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de cisternas de agua;
  • Equipos, piezas y tanques de combustible de estufas portátiles;
  • Tanques y recipientes de almacenamiento, tanto de agua como de combustible;
  • Toldos y casetas de campaña;
  • Baterías y cargadores de energía;
  • Velas y linternas de todo tipo;
  • Fósforos y encendedores (lighters);
  • Insecticidas para mosquitos;
  • Repelentes de mosquitos de distintas formas, entre éstos, cremas, velas de citronela y/o aerosol;
  • Cualquier otro artículo o servicio que un consumidor pueda razonablemente necesitar para preparase o recuperarse de una situación de emergencia

En cuanto a otros suministros, como combustibles, agua embotellada, alimentos, botiquín de primeros auxilios, productos de higiene y desinfección, la orden lee que “siguen congelados en virtud de las Órdenes 2020-005, 2020-006 y 2020-011, las cuales permanecerán en vigor hasta que expresamente se disponga lo contrario”.