Tribunal no da paso a moción de publicidad adversa en caso contra Anthonieska Avilés
Su defensa presentó la moción la semana pasada.

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La jueza Carol M. Ortiz Rivera, del Tribunal de Guayama, determinó hoy “no ha lugar” a la moción Reclamando Publicidad Adversa y Solicitud de Remedio radicada por la defensa de Anthonieska Avilés Cabrera quien enfrenta cargos por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas.
Su defensa representada por las licenciadas María Soledad Sáez Matos, Rocío Revelles Ponce y Anthelyn Jiménez Emmanueli, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), argumentó que la cobertura mediática y la exposición del caso ha generado un ambiente adverso para su representada lo que afecta sus derechos constitucionales, el principio de la presunción de inocencia y a ser juzgada por un jurado imparcial.
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Por tal razón, la defensa de la coacusada había radicado una moción con un nuevo intento para la paralización del inicio del juicio en su fondo por un término mínimo de seis meses después de haber concluido el juicio contra Elvia Cabrera Rivera, progenitora de la joven, quien enfrenta los mismos cargos en un proceso por separado que ha sido transmitido en directo.
De otro lado, el juez Juan A. Reyes Colón del Tribunal de Aibonito pautó para hoy una vista en etapa de juicio contra Avilés Cabrera imputada por el crimen de la adolescente Gabriela Nicole Pratts Rosario, la madrugada del 11 de agosto de 2025, en el desvío Roberto Colón, en ese municipio.
Entre los asuntos a considerarse figura el descubrimiento de prueba que no ha concluido.
Todavía está pendiente por conocerse la decisión de la acusada sobre si van a optar por ver el juicio por jurado o por tribunal de derecho.
Las licenciadas de SAL han planteó que no hay manera de que se pueda escoger un jurado que no esté contaminado tras la fiscalía presentar una moción de agravantes que la expone a penas más severas.
La semana pasada el Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó las solicitudes de paralización del inicio del juicio y las peticiones de certiorari bajo el argumento de que el delito de asesinato en primer grado y los elementos de la intención (a propósito, y con conocimiento) no fue sustentado por la evidencia en vista preliminar y para que mediara en la controversia sobre la procesabilidad de la joven con discapacidad intelectual mientras se evalúa su índice de comprensión del proceso que enfrenta.
Sin embargo, eso no significa que no pueda intervenir en otra etapa más adelante.
En su momento oportuno, las licenciadas no descartan acudir ante el foro federal ya que entienden que se le han violado todos los derechos a Avilés Cabrera.


