El 78% de los policías desarmados en Puerto Rico siguen activos
Conoce las razones para removerles sus armas y qué funciones realizan dentro de la Uniformada.

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El 78 por ciento de los agentes de la Policía de Puerto Rico que se encuentran desarmados desde el 1997, siguen activos realizando otras funciones, en su mayoría, en las superintendencias auxiliares de Operaciones de Campo (SAOC), Investigaciones Criminales (SAIC) y Asuntos, Educación y Adiestramiento (SAEA).
De acuerdo con las estadísticas de la agencia, del 1997 al 29 de enero de este año, los agentes desarmados alcanzan los 568, de los cuales 447 están trabajando en asuntos administrativos, en los centros de mando y realizando otras funciones que no requieran exponerse a incidentes de violencia sin defensa alguna.
La Policía de Puerto Rico cuenta con 10,897 efectivos, cifra que incluye a todos los desarmados.
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La mayor cantidad de desarmados se reportó en los años 2024 cuando hubo 94 casos y 2025, con 155 personas. Mientras que, el SAOC es la división que más agentes tiene reportados.
Recientemente, en redes sociales surgieron cuestionamientos sobre la desigualdad que existe entre esa categoría de policías, ya que -presuntamente- algunos son enviados a las áreas policíacas y son obligados a cumplir turnos rotativos, horarios nocturnos, fines de semana y días feriados, mientras que, para otros en condiciones similares, es más cómodo.
Diversas las razones
Las circunstancias de cada caso, ciertamente, son diferentes y, por ende, no pueden recibir el mismo remedio, ya que son numerosos los factores para que entreguen sus armas, no solo por faltas al reglamento, observó la superintendente asociada, coronel Diana Crispín Reyes, en entrevista con Primera Hora.
“Hay necesidad de policías en la calle, pero hay varios conceptos por los que esos 568 están desarmados, como accidentes, medidas disciplinarias, si están reportados por el Fondo (del Seguro del Estado), enfermedad emocional, enfermedad natural, investigaciones administrativas, investigación criminal, Ley 54 (violencia doméstica), licencia militar, licencia sin sueldo, orden de acecho y orden de protección”, detalló Crispín Reyes.
Además, si no cumple con las prácticas de tiro anualmente, como le obliga las órdenes generales que les rigen, también se les retiene su arma de reglamento.
No obstante, las dos causas mayores para desarmar a un policía son la enfermedad natural con 202 y las acciones disciplinarias con 74.

“Cada caso es particular. Para darte un ejemplo, las personas que están reportadas por el Fondo del Seguro del Estado, si el Fondo del Seguro del Estado nos dice que esa persona no puede estar armada, por una condición de enfermedad, las personas que están por condición emocional si nos dicen que no pueden ser armados, van a permanecer desarmados. A ellos se suman las investigaciones administrativas, que tienen un máximo de 120 días (para que culminen) y determinar si tienen o no que cesantearlos; los que son expulsados; los que se reportan enfermos y nunca regresan”, abundó la superintendente asociada.
Además, se ha cuestionado las razones por las cuales han llegado a estar fuera de sus funciones operacionales en la Policía hasta unos 20 años, sin embargo, estas decisiones, explicó Crispín Reyes, no dependen de su supervisor.
Evaluaciones y seguimientos
Existe solo un caso que data del 1997 en el que un policía se encuentra desarmado y es por una condición médica, aclaró.
“El supervisor es la persona responsable de dar seguimiento a esa persona, que cumpla con todo lo que dice el reglamento, para saber cuándo esa persona está apta para tener arma de reglamento nuevamente”, explicó. También, mensualmente, la Unidad de Retención y Asignación, tiene que entrevistarlos para conocer si está en cumplimiento.

Al presente, la Junta Médica, que evalúa muchos de estos casos, se encuentra bajo la sombrilla del Departamento de Seguridad Pública (DSP) y hasta que no culmine la transición, la Policía no tendrá la potestad de nombrar a sus integrantes para hacer los análisis. Al momento, no hay una fecha para concretar el cambio.
Este organismo consta de un médico generalista, médico ocupacional, enfermero, psicólogo, trabajador social y un psiquiatra.
“La Oficina de Asuntos Legales hace una evaluación de alguno de los casos y si se determina que ese puesto se puede cesantear, hace una carta notificando esa cesantía al empleado. De acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, el empleado tiene la decisión de apelar si no está de acuerdo”, añadió Crispín Reyes.
Recordó que, en la actualidad, aquellos que estén incapacitados tienen la oportunidad de hacer su solicitud al Seguro Social y a la aseguradora MetLife, que ofrece un plan de beneficios a largo plazo, cubriendo tanto condiciones ocupacionales como no ocupacionales.


