Otro “no ha lugar” a petición de paralizar el juicio contra Anthonieska Avilés
Su defensa planteó al Tribunal de Apelaciones que se ha prejuzgado adversamente a su representada.

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El Tribunal de Apelaciones declaró “no ha lugar” el recurso de certiorari solicitando la paralización de los procedimientos en auxilio de jurisdicción radicado por la Sociedad para Asistencia Legal (SAL) en representación de Anthonieska Avilés Cabrera acusada por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosado, el 11 de agosto de 2025, en Aibonito.
La defensa de la acusada considera que el caso debía paralizarse debido a la publicidad adversa que considera que ha “sido de tal magnitud que será imposible en estos momentos encontrar unos candidatos a jurado que no hayan tenido contacto previo con la prueba y que no hayan prejuzgado los hechos de este caso”.
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El 23 de junio, la jueza Carol M. Ortiz Rivera, del Tribunal de Guayama, determinó “no ha lugar” a la moción Reclamando Publicidad Adversa y Solicitud de Remedio solicitada por la defensa de la joven, quien enfrenta cargos -junto a su madre, Elvia Cabrera Rivera- por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas.

La defensa de la joven de 18 años, representada por las licenciadas María Soledad Sáez Matos, Rocío Revelles Ponce y Anthelyn Jiménez Emmanueli, de SAL, han reiterado que no hay manera de que se pueda escoger un jurado que no esté contaminado debido a que, desde el inicio el caso, se ha discutido ampliamente el mismo por el Departamento de Justicia, la Policía, en redes sociales y la población en general.
“Sostenemos que dicha determinación es innegablemente errónea. Como es de todos conocido, en el caso ha habido una publicidad excesiva adversa desde sus inicios e, inclusive, antes de presentarse denuncia alguna contra nuestra representada. Como parte de dicha publicidad, en muchas ocasiones, se ha prejuzgado adversamente a nuestra representada”, lee un fragmento del recurso radicado al que no se le dio paso.
A su vez, se advirtió que se ha transmitido la vista preliminar, el acto de lectura de acusación y el juicio en su fondo de la coacusada Cabrera Rivera.
Las situaciones expuestas “laceran la garantía constitucional que cobija a toda persona acusada de delito a tener un juicio justo ante un jurado imparcial, a un debido proceso de ley y a una presunción de evidencia”.
El juez Juan A. Reyes Colón continuó hoy con el segundo día de la selección de los candidatos a jurado.
El Ministerio Público anticipó que contaría con sobre 70 testigos.
El viernes de la semana pasada, el Tribunal Supremo de Puerto Rico notificó mediante una resolución que denegó la Segunda Moción Urgente de Reconsideración presentada por SAL con relacionada con la determinación de su procesabilidad.
“Con esta acción, la peticionaria agotó las oportunidades disponibles ante el máximo foro judicial en Puerto Rico para solicitar la revisión de la resolución recurrida, por lo que prevalece la determinación del Tribunal de Primera Instancia en torno a que la acusada es procesable”, indica la resolución.
A su vez, se planteó que la decisión, “significa que la acusada comprende la naturaleza del proceso judicial que enfrenta, puede colaborar adecuadamente con sus abogadas en la preparación de su defensa y está en condiciones de continuar el proceso penal”.


