"Dejamos vacante la sentencia de la corte de distrito. Estamos de acuerdo con la posición en conjunto de las partes en que la prohibición es inconstitucional".

Así se expresó hoy, miércoles, el panel de jueces del Primer Circuito de Apelaciones de Boston en el caso que presentó la presidenta de la Fundación de Derechos Humanos (FDH), Ada M. Conde Vidal, y demás demandantes para que sus matrimonios con parejas del mismo sexo en otros estados fuesen reconocidos como legales y legítimos en Puerto Rico.

El panel de jueces compuesto por Juan R. Torruella, Ojetta Rogeriee Thompson y William Kayatta emitió la determinación en horas de la tarde, luego de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos determinara el 26 de junio pasado que es inconstitucional prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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"Definitivamente estamos eufóricos de que ya por lo menos aclaramos lo que algunos no entendían, de que el derecho de la igualdad aplica a todos los ciudadanos americanos bajo la misma bandera, aclarando que aquí aplica lo que determinó el Tribunal Supremo de Estados Unidos, que cualquier prohibición de matrimonios del mismo sexo es inconstitucional", reaccionó Conde Vidal a este diario.

En lo personal, la también abogada confesó sentirse "emocionada" y "realizada".

"Estoy muy emocionada, realizada. Realizada como ser humano, con mi esposa en nuestro reclamo como matrimonio, como familia y con mi hija y como mujer y como abogada. Me he graduado de abogada", dijo feliz.

Por su parte, el activista de los derechos humanos, Pedro Julio Serrano, también celebró la determinación del Primer Circuito de Apelaciones de Boston y lo catalogó como "una victoria monumental para la comunidad LGBTT" y anticipó que continuará luchando por "la total igualdad".

"Triunfó el amor. Aun cuando la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos había declarado inconstitucional todas las leyes que prohibían el derecho al matrimonio para personas LGBTT, esta decisión no deja duda alguna que aplica en Puerto Rico. Ahora, toda persona, irrespectivamente de su orientación sexual o identidad de género, podrá casarse en su patria", manifestó Serrano en un comunicado de prensa.

En octubre del año pasado, los abogados de Conde Vidal, de Lambda Legal, apelaron la determinación del juez federal Juan M. Pérez Giménez, quien el 21 de octubre desestimó la demanda por entender que la definición de matrimonio no debía recaer en la judicatura y por opinar que no es inconstitucional.

"De la Constitución de Puerto Rico no emana el derecho al matrimonio del mismo sexo, por lo que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico no está obligado a reconocer tales uniones", destacó Pérez Giménez en su decisión.

La demanda fue presentada en marzo de 2014 por Conde Vidal y su esposa Ivonne Álvarez Vélez. Luego se unieron Maritza López Avilés e Iris Delia Rivera Rivera; José A. Torruellas Iglesias y Thomas J. Robinson; Zulma Oliveras Vega y Yolanda Arroyo Pizarro; y Johanne Vélez García y Faviola Meléndez Rodríguez; y la organización Puerto Rico Para Tod@s. El recurso legal fue presentado contra la secretaria de Salud, Ana Ríus Armendáriz, y la directora del Registro Demográfico, Wanda Llovet Díaz. En la demanda se solicitó un interdicto preliminar, permanente y sentencia declaratoria para que en Puerto Rico se reconozcan los matrimonios civiles entre personas del mismo sexo contraídos en otras jurisdicciones de Estados Unidos.

Conde Vidal y Álvarez Vélez se casaron legalmente en el 2 de agosto de 2004, en Massachusetts, y en la demanda reclamaron a la corte que declarara inconstitucional el Artículo 68 del Código Civil del Estado Libre Asociado.

Esa disposición establece que "el matrimonio es una institución civil, originada por un contrato civil en el que un hombre y una mujer llegan a un acuerdo para convertirse en esposo y esposa... Cualquier matrimonio entre personas del mismo sexo o transexuales contraídos en otras jurisdicciones no será válido o no se le dará reconocimiento jurídico en Puerto Rico".

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