Revés judicial para Raphy Pina: juez le dice que no a su petición
Juez federal ordena que complete el año que le falta.

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El productor de música urbana, Rafael “Raphy” Pina Nieves, deberá cumplir el año de libertad supervisada que se le resta de su sentencia del caso por violación a la ley de armas, según determine el juez federal Francisco Besosa.
El hecho de que es un “reincidente” fue lo que más sopesó para que el juez no accediera al pedido realizado por Pina Nieves el pasado mes de julio.
Se supone que el productor complete la sentencia impuesta de libertad supervisada el 18 de julio de 2027, según surge de una moción publicada en su expediente federal por la oficial de probatoria, Sugeily Rivera Suazo. Pero, Pina Nieves solicitó al tribunal no tener que cumplir con este periodo.
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El memorándum y la orden de este pedido fue emitido por Besosa el pasado miércoles. El escrito judicial deja claro que, tras la oposición de la Fiscalía federal y de la oficial de probatoria, “la petición de terminación temprana de la libertad supervisada es denegada”.
“El Tribunal determina que la terminación anticipada de la libertad supervisada de Pina no está justificada. Por un lado, sus esfuerzos caritativos y su servicio comunitario son loables. También lo es su cumplimiento con las condiciones de su libertad, aunque esto es ‘meramente hacer lo que él mismo acordó hacer y lo que la ley exige que haga’”, afirmó el juez federal, del Tribunal de Distrito en el Viejo San Juan.
El memorando añade que “el Tribunal no considera que sus dos citaciones penales mientras estaba bajo supervisión —una por exceso de velocidad en su embarcación a través de una zona de manatíes en el sur de la Florida, y la otra por alterar u ocultar la tablilla de un vehículo— sean infracciones lo suficientemente graves, por sí solas, como para denegar una solicitud de terminación anticipada de la supervisión. El Tribunal también reconoce las dificultades que la supervisión impone a su necesidad de viajar para sostener sus negocios, aunque esta dificultad se ve parcialmente atenuada por el hecho de que las condiciones de su libertad ya han sido relajadas sustancialmente para facilitar los viajes relacionados con su trabajo”.
Sin embargo, el juez Besosa mostró preocupación con que Pina Nieves sea un reincidente.
Es que el productor musical fue procesado entre el 2012 al 2015 por un caso de fraude bancario.
En el 2015, se declaró culpable por un cargo de fraude. Un año después recibió una sentencia de probatoria y multa, lo que le impidió legalmente poseer armas de fuego en el futuro.
Sin embargo, fue juzgado luego de que agentes del Negociado Federal de Investigaciones (FBI, en inglés) encontraran para agosto del 2020 un arma de fuego en un clóset de su vivienda. Salió culpable de dos cargos de poseer un arma, que se suponía no tuviera por ser un convicto federal. En una apelación al Primer Circuito de Boston se le eliminó uno de los cargos. Aun así, tuvo que cumplir el periodo de prisión impuesto en el 2022 por el juez Besosa de 41 meses de prisión, que por las bonificaciones que alcanzó se le redujo a dos años y dos meses. Lo hizo en la cárcel de mediana seguridad FCI Butner Medium II, en Carolina del Norte.
Como parte de su sentencia, se le impusieron tres años de libertad supervisada. Esta parte de la pena la comenzó a cumplir el 20 de julio de 2024, cuando salió de prisión.
Según se destaca en el escrito judicial, “el Tribunal considera muy significativo que Pina sea un reincidente y que haya recibido la terminación anticipada del término de su libertad supervisada por su primer delito. Al solicitar la terminación anticipada de la supervisión la primera vez, presentó un argumento similar al que plantea aquí: que su cumplimiento con las condiciones de libertad y el servicio comunitario demostraban que representaba un bajo riesgo de reincidencia. Su supervisión fue terminada anticipadamente esa primera vez. Pero varios años después fue sorprendido cometiendo el delito con armas de fuego que fundamenta su condena actual. Aunque no reincidió dentro del periodo reducido de su término original de libertad supervisada, el hecho de que haya reincidido poco tiempo después de que su supervisión fuera terminada anticipadamente demuestra que su rehabilitación estaba incompleta”.
Por ello, se le cuestionó que pueda ser considerado como un caso de “bajo riesgo de reincidir nuevamente”.
“Dado este historial, el Tribunal no puede concluir que el riesgo de reincidencia de Pina sea bajo ni que la supervisión continua no sea necesaria para fomentar su rehabilitación y proteger al público de posibles delitos adicionales”, añadió Besosa.


