La jueza federal Aida Delgado Colón denegó por segunda ocasión la moción para desestimar el caso de corrupción pública contra el exalcalde de Guaynabo, Ángel Pérez Otero.

La determinación, publicada en la tarde de este miércoles, surgió ante la petición por escrito que hizo la defensa, compuesta por los abogados Osvaldo Carlo, Eduardo Ferrer y José Olmo, a los efectos de que supuestamente la Fiscalía federal no presentó prueba suficiente para demostrar la comisión de delitos.

Primera Hora contactó a Carlo y a Ferrer, pero ambos indicaron que no habían leído el contenido de la orden. Por ello, no pudieron emitir una reacción.

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Ferrer comentó que la primera vez que sometieron el pedido para que se desestimara el caso fue una vez la Fiscalía federal concluyó la presentación de prueba durante el juicio. Delgado Colón también decidió denegarla.

Esta nueva determinación ocurre a tan sólo días de que el exalcalde de Guaynabo conozca su sentencia, la cual debe dictar Delgado Colón. La vista está pautada para este próximo lunes a las 3:00 p.m.

Pérez Otero fue arrestado el 9 de diciembre de 2021, luego de que el empresario colombiano Oscar Santamaría y el exalcalde de Cataño, Félix “El Cano” Delgado Montalvo, acordaran cooperar con la Fiscalía federal para revelar un presunto esquema en el que empresario daba dinero en efectivo a los alcaldes a cambio de contratos o mantener los mismos con sus municipios. Sus testimonios llevaron a que varios empresarios, así como a que los exalcaldes de Trujillo Alto, José Luis Cruz Cruz; de Guayama, Eduardo Cintrón Suárez; de Humacao, Reinaldo Vargas, y de Aguas Buenas, Luis Arroyo Chiqués y Javier García Pérez, se declararan culpables ante la corte federal.

Santamaría y Delgado Montalvo, de hecho, testificaron durante el juicio.

Al denegar esta moción en la que se le clamó la desestimación del caso bajo la Regla 29, Delgado Colón expuso su opinión sobre el efecto de la corrupción pública para el país.

“La corrupción pública ha sido durante mucho tiempo un flagelo perenne, no solo en la gente de Puerto Rico, pero en la sociedad en general. El caso de Pérez Otero es sólo uno en una línea reciente de casos que involucran esquemas de soborno similares en los ayuntamientos de la Isla. Este tipo de corrupción a menudo se refleja, como se aprecia aquí, en un espíritu de enriquecimiento personal a expensas de la confianza pública y que aparentemente se ha arraigado en la clase política de la Isla. Una vez que el Gobierno descubre la semilla de la corrupción pública, el individuo acusado tiene derecho constitucional al debido proceso de ley y un juicio justo, y es la tarea del tribunal garantizar que el veredicto del jurado sea razonablemente respaldado por la evidencia. Basado en la evidencia en el juicio y una revisión del registro, este tribunal considera que hay un apoyo abrumador para el veredicto tomado por el jurado”.

“Una vez que se alcanza este punto, la confianza pública sólo se restaura asegurando que todas las partes, es decir, los acusados y la sociedad, que la ley es fielmente, justamente y uniformemente aplicada sin titubear. Aquí, la evidencia presentada al jurado fue suficiente para condenar a Pérez Otero de conspiración y en el soborno de programas federales bajo el uso de sus poderes oficiales. Mostró que, como alcalde de Guaynabo, Pérez Otero acordó usar y usó su autoridad e influencia para beneficiar a Oscar Santamaría a cambio de pagos en efectivo. Para esto razón, el tribunal niega la moción de absolución de Pérez Otero”, añade la orden.