El juez federal Gustavo A. Gelpí se sostuvo en revocar la convicción contra un viequense acusado por transportar a una menor para sostener relaciones sexuales, denegando así la moción de reconsideración sometida por la Fiscalía Federal.

Gelpí recalcó que la Sección 2421 del Código Penal de los Estados Unidos no menciona el transporte en el Estado Libre Asociado (ELA), por lo que entiende que la modalidad de transportación en el cargo no aplica a la Isla.

La sección 2421 solamente menciona "territorio o posesión de Estados Unidos", mientras que el 2423 dice "cualquier estado libre asociado, territorio o posesión de Estados Unidos".

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El gobierno, representado en este caso por Marshal D. Morgan y Julia Meconiates, sostuvo que el cargo aplica porque aunque el estatus es Estado Libre Asociado, Puerto Rico sigue siendo un territorio de Estados Unidos.

"Al enforcarse solamente en el estatus constitucional de la Isla, la Fiscalía Federal está comparando chinas con manzanas. La corte no está disputando que Puerto Rico sea constitucionalmente un territorio de Estados Unidos, más bien reconoce que acciones del Congreso e interpretaciones judiciales por las pasadas seis décadas han demostrado que el Congreso reconoce a Puerto Rico como un estado libre asociado, no como un mero territorio para propósitos de interpretación estatutaria", manifestó Gelpí en su decisión.

Aclaró que su opinión no se basa en determinaciones políticas sobre el estatus futuro de Puerto Rico, ya que eso "es asunto del electorado local y del Congreso de Estados Unidos". Agregó que la Fiscalía Federal podría recurrir al Primer Circuito de Apelaciones de Boston, de no estar de acuerdo con su determinación.

El 4 de junio pasado, Gelpí revocó la convicción contra Jorge Mercado Flores, por entender que en la modalidad de transpotación en el cargo en su contra, no aplica en la Isla.

En una vista que se llevó a cabo el 9 de junio, Morgan indicó que se reunió con el procurador general en Washington D.C. y que están contemplando apelar la decisión de Gelpí porque la misma podría tener "efectos en otros casos que tenemos pendientes" y que "este es un asunto serio que estamos considerando seriamente".

Mercado Flores fue sentenciado el 11 de mayo pasado a cuatro años y nueve meses de cárcel por el juez Gelpí, quien no hizo caso al acuerdo entre las partes, que sugerían una pena de entre seis y siete años. Se tomó en cuenta problemas de aprendizaje del joven a la hora de ser sentenciado. 

Mercado Flores fue representado por el abogado Johnny Rivera e hizo alegación de culpabilidad el 31 de mayo de 2014 por transportar a una menor de 14 años a la playa El Gallito, en Vieques, donde sostuvieron relaciones sexuales.

El 18 de junio de 2013, fue arrestado al ser sorprendido con la adolescente en el carro cuando lo detuvieron por violación a la Ley de Tránsito.