Un proyecto de Ley que cambiaría la forma en que se tramitan y fiscalizan los incentivos contributivos y de otro tipo que concede el Gobierno a distintas empresas extranjeras y locales, de todos los sectores económicos, que operan en la Isla fue aprobado hoy por la Cámara de Representantes. 

El Proyecto de la Cámara Número 2504, crea la “Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico” y lo adscribe al Instituto de Estadística de Puerto Rico.

El informe positivo a dicha legislación resume sus objetivos como “revisar y actualizar los requisitos y condiciones impuestas para la concesión de toda clase de créditos, exenciones, deducciones o beneficios, de naturaleza contributiva, en sobre 30 leyes; y establecer el Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico, como el mecanismo que canalice toda la información respecto a incentivos y beneficios contributivos”.

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“Esta Ley es el resultado del excelente e intenso trabajo realizado por la Cámara de Representantes y nuestro presidente, en colaboración con la Universidad de Puerto Rico, a la que se le encomendó en abril de 2014 la tarea de realizar un estudio de evaluación de los beneficios y costos de los créditos e incentivos contributivos otorgados a empresas”, expresó el presidente de la Comisión de Hacienda, Rafael Hernández Montañez. 

El representante aseguró que el proyecto atiende las preocupaciones plasmadas en dicho estudio que, entre otros hallazgos, concluyó que la política sobre incentivos representa un serio costo fiscal para el Gobierno. También, que los créditos contributivos no reclamados implican una erosión a los ingresos fiscales destinados al fondo general. 

El presidente de la Cámara, Jaime Perelló, resaltó también la importancia de este proyecto y afirmó que con la creación del Portal, se fortalecerán los procesos actuales de fiscalización. 

“Tomando en cuenta la situación fiscal actual del País, al concederse los incentivos contributivos, se debe asegurar que su uso es económicamente viable y genere beneficios a la Isla”, dijo Perelló.

En la exposición de motivos del proyecto se indica, por otra parte, que “las leyes que otorgan incentivos o beneficios contributivos tienen que ir atadas a mecanismos de fiscalización. Dichos mecanismos son sistemas que se establecen con el propósito de validar y corroborar la información provista por los contribuyentes, y determinar si los fondos designados por el gobierno están siendo utilizados de manera responsable para el propósito para el cual fueron destinados”. 

El extenso proyecto, que contó con el voto favorable de ambas delegaciones políticas representadas en la Cámara, dispone que el mencionado Portal será el instrumento exclusivo que utilizarán las agencias que otorgan o recomiendan esos incentivos para validar y certificar que la persona natural o jurídica que lo recibe cumple con todas las leyes que facultan la otorgación de estos. 

Este mecanismo, se indica, también permitirá la comunicación entre las distintas agencias, tanto aquellas que otorgan los beneficios, como aquellas encargadas de honrarlos o aplicarlos, con el objetivo de “procesar fiscalizar, validar y conceder los incentivos o beneficios contributivos que promuevan el desarrollo económico de Puerto Rico”.

La pieza central de esta medida es descrita en la parte dispositiva de la ley como un sistema digital de información que integre todas las Certificaciones de Cumplimiento que emitan las agencias que otorgan los incentivos a las personas naturales o jurídicas que reciben y gestionan privilegios contributivos.

El mismo será además el instrumento exclusivo que utilizarán las agencias que reconocen los mismos para validar el cumplimiento de las personas naturales o jurídicas con las leyes pertinentes y poder otorgar el incentivo o beneficio contributivo que se trate.

Un cambio importante que introduce esta medida es que coloca sobre las agencias que recomiendan y emiten los incentivos, la responsabilidad de todo su trámite y la eventual fiscalización de que el beneficiado está cumpliendo lo acordado, lo que deberán hacer anualmente mediante certificaciones que serán colocadas en el mencionado portal. 

Estas agencias son definidas en la medida como “Agencia Emisora-Certificante”, que se refiere a “toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, municipio o corporación pública que emite o promueve, a través de una certificación de cumplimiento u otro documento, por virtud de su ley orgánica u otra ley especial, cualquier tipo de incentivo o beneficio contributivo a cualquier persona natural o jurídica para la promoción de una actividad incentivada”.

Coloca del otro lado a las que define como “Agencia Receptora-Otorgante”, que son a su vez “toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, municipio o corporación pública que por virtud de su ley orgánica u otra ley especial, al ser receptora de una certificación de cumplimiento vigente, viene encargada de otorgar algún tipo de incentivo o beneficio contributivo a cualquier persona natural o jurídica para la promoción de una actividad incentivada”.

En este segundo grupo se incluyen específicamente al Departamento de Hacienda, y el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). 

Otro elemento importante que introduce este proyecto es el “Certificado de Cumplimiento”, el cual tendrá una vigencia de solo un año, y deberá estar vigente y aparecer en el Portal para la concesión del incentivo o beneficio que se trate.

Dicha certificación, se establece en la medida, incluirá la disposición especifica de la ley que ofrece el incentivo o beneficio, la naturaleza del incentivo o beneficio, cualquier variante respecto la cantidad concedida del beneficio o incentivo que se trate, toda aquella información pertinente, según dispuesta en las leyes particulares, que refleje el resultado del impacto de la actividad incentivada en la economía de Puerto Rico, a fin de que se permita extraer información para motivos de análisis y estadística, y la firma del funcionario certificando que toda la información es correcta y que la persona natural o jurídica cumple con todos los requisitos dispuestos en la ley.

La Cámara aprobó además un proyecto que autoriza a la Junta de Directores de la Asociación de Suscripción Conjunta del Seguro de Responsabilidad Obligatorio a declarar un dividendo de $40 millones de dólares que podrá ser distribuido entre las aseguradoras que integran dicha agrupación, a cambio del pago de un 50% de contribuciones por dicho dividendo al gobierno de Puerto Rico que irían al Fondo General. 

También aprobó una medida que autoriza a las personas que fueron nominadas al Comité Permanente para la Creación, Desarrollo, Implementación y Mantenimiento de una Marca País, ocupar sus cargos mientras su nominación es evaluada, para confirmación, por la Asamblea Legislativa.

Se quedaron sobre la mesa, para discusión posterior, dos proyectos controversiales que llegaron desde el Senado y que atendían temas distintos.

Uno de ellos cambiaría la forma en que se seleccionan los miembros de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica y reduciría además la cantidad de estos, así como alteraría algunas de las funciones del organismo.

El otro proyecto que se quedó pendiente introduce numerosas enmiendas a la Ley Orgánica del Banco Gubernamental de Fomento, con el aparente objetivo de ayudarle a manejar la escasez de liquidez que le afecta.